Pase

Con las operaciones de PASE el MAV pone a disposición de sus Agentes una importante opción operativa comprendiéndose aquellas que:

A

En una misma fecha de concertación, un vendedor en contado inmediato de cierta cantidad de un determinado valor negociable, compra a plazo firme, a un plazo no menor de SIETE (7) días y a un precio mayor que el de la venta en contado inmediato, la misma cantidad de tal valor negociable.

B

En una misma fecha de concertación un comprador, en contado inmediato, de cierta cantidad de un determinado valor negociable vende a plazo firme, a un plazo no menor de SIETE (7) días y a un precio mayor que el de la compra en contado inmediato, la misma cantidad de tal valor negociable.

Por consiguiente, la operación de Pase es una compra en contado inmediato y una venta perfeccionada en una misma fecha de concertación a liquidar en un plazo firme.

La operación de Pase se instrumentará mediante la emisión de boletos en los que se detallará COMPRA / VENTA EN CONTADO INMEDIATO (PASE) y VENTA / COMPRA A PLAZO FIRME (PASE).

Se podrán llevar a cabo operaciones de Pase, de conformidad con alguno de los sistemas que a continuación se detallan:

A

No garantizado por MAV

B

Con liquidación bilateral

C

A través de MAV según dispongan las partes

No es de aplicación en esta operación la garantía prevista en el artículo 54 del Estatuto Social. Estas condiciones, deben quedar claramente especificadas en los boletos que los Agentes emitan.

En cuanto a los Derechos Accesorios, toda renta, interés, amortización y/o flujo que liquide el valor negociable durante el período del Pase es propiedad del Tomador, independientemente de lo que haya percibido el Colocador o el MAV en su carácter de Custodio de los mismos.

De esta manera, al vencimiento del pase, el Tomador puede pagar su deuda previo neteo de las rentas o amortizaciones que el valor negociable hubiere efectivamente pagado.

En el segmento No Garantizado, el comprador de un CPD conoce certeramente el valor descontado y no cuenta con ninguna garantía adicional de pago. Esta operación queda garantizada por la solvencia del librador (además de todos los elementos del derecho común que están a su alcance).

La operación de Pase podrá ser realizada únicamente sobre valores negociables de renta fija y variable, excluidos Cheques de Pago Diferido, Letras de Cambio, Pagarés, Certificados de Depósito, Warrants y Certificados de Depósito a Plazo Fijo (CNV – Art. 16 – Sec. VIII – Cap. V). En los supuestos de Pase No Garantizado, el MAV no establecerá ni autorizará los valores negociables que pueden ser objeto de negociación, siendo la elección del activo negociable libremente definido por las partes.

El MAV podrá mantener la custodia de los valores negociables objeto de la operación. Se considerará que por defecto MAV mantiene la custodia, salvo expresa manifestación en contrario.

En las operaciones no garantizadas en las cuales MAV mantuviere la custodia de los valores negociables, ante el incumplimiento al vencimiento por parte del Tomador, el MAV procederá a entregar al Colocador los valores negociables objeto de negociación quedando así saldada la operación. Ello sin perjuicio de que las partes pudieren pactar condiciones particulares de liquidación. El MAV no garantiza el cumplimiento de la operación.

La liquidación de estas operaciones, se realizará a través del Mercado Argentino de Valores S.A., y se efectivizará en pesos o dólares, en un todo de acuerdo con lo convenido al concertar la operación. Cuando las operaciones hubieren sido celebradas como bilaterales y/o no garantizadas; el MAV no garantizará de manera alguna el cumplimiento de dichas operaciones sin perjuicio de prestar el servicio de compensación y clearing cuando sea requerido.

Se podrán concertar operaciones de Pase con valores negociables en todos aquellos plazos autorizados por el MAV con la limitación de los siete (7) días antes expuesta.

Se admite la cancelación anticipada de operaciones de Pase, cualquiera sea el plazo de concertación. El comprador a plazo firme podrá cancelar anticipadamente tal compra, abonando el mismo importe que correspondería pagar en la fecha de vencimiento pactado para ella.

campana

Las operaciones publicadas y las registradas en el Mercado Argentino de Valores S.A. (Mercado de Valores y Cámara Compensadora, registrado bajo el N° 15 de la CNV) son NO GARANTIZADAS respecto del crédito y la solvencia de los deudores, libradores o emisores de cheques de pago diferidos, pagarés y facturas de crédito, entre otros productos.

El MERCADO ARGENTINO DE VALORES S.A. no responde frente a los inversores por el no pago de un instrumento a su vencimiento, excepto por aquel negociado en el segmento Directo Garantizado.

Consecuentemente, todo inversor debe analizar adecuadamente el riesgo que asume, debiéndose asesorar profesionalmente antes de realizar una inversión determinada.

Los inversores tienen relación comercial con su Agente registrado ante la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, en tanto que el Mercado Argentino de Valores ejerce funciones de supervisión, inspección y fiscalización de dichos Agentes y de sus operaciones.

El Mercado Argentino de Valores NO responde por las relaciones comerciales existentes entre los Agentes y sus clientes, comitentes o inversores.

Los Agentes quedan sometidos a la competencia disciplinaria exclusiva de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES.