Normativas internas

Estatuto Social
Reglamento Interno
Reglamento Operativo
Circulares Internas
Circular MAV N° 003-2025 - Pagaré Bursátil a la vista
Nº 827
25 abril, 2025
Circular MAV N° 002-2024 - Negociación de Cheques
Nº 002
12 septiembre, 2024
Circular MAV N° 001-2023 - Negociación de Pagaré Bursátil en el segmento directo MAV
Nº 001
25 julio, 2024
Negociación Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs
Nº 827
18 marzo, 2019
Plazos de liquidación en Operaciones de Contado en rueda tradicional y sesión Continua de Negociación
Nº 606
29 diciembre, 1994
Operaciones para Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones. Régimen de Información
Nº 599
16 noviembre, 1994
Promotores de Agentes y Sociedades de Bolsa
Nº 656
3 febrero, 1994
Operatoria en Propia Plaza
Nº 528
27 mayo, 1993
Libros y Documentación Contable Obligatoria
Nº 481
30 julio, 1990
Inicio de negociación de nuevas acciones
Nº 391
26 julio, 1990
Reglamentación de Sucursal o Agencia de firma Agente de Bolsa
Nº 341
14 abril, 1989
Régimen de negociación de acciones del Mervaros S.A.- Requisitos y procedimientos. Aceptación de renuncia presentada por un Agente
Nº 277
20 febrero, 1987
campana

Las operaciones publicadas y las registradas en el Mercado Argentino de Valores S.A. (Mercado de Valores y Cámara Compensadora, registrado bajo el N° 15 de la CNV) son NO GARANTIZADAS respecto del crédito y la solvencia de los deudores, libradores o emisores de cheques de pago diferidos, pagarés y facturas de crédito, entre otros productos.

El MERCADO ARGENTINO DE VALORES S.A. no responde frente a los inversores por el no pago de un instrumento a su vencimiento, excepto por aquel negociado en el segmento Directo Garantizado.

Consecuentemente, todo inversor debe analizar adecuadamente el riesgo que asume, debiéndose asesorar profesionalmente antes de realizar una inversión determinada.

Los inversores tienen relación comercial con su Agente registrado ante la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, en tanto que el Mercado Argentino de Valores ejerce funciones de supervisión, inspección y fiscalización de dichos Agentes y de sus operaciones.

El Mercado Argentino de Valores NO responde por las relaciones comerciales existentes entre los Agentes y sus clientes, comitentes o inversores.

Los Agentes quedan sometidos a la competencia disciplinaria exclusiva de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES.