MAV presente en el 1° Congreso Internacional de Arbitraje

Participamos del 1° Congreso Internacional de Arbitraje organizado por Bolsa de Comercio de Rosario, el Tribunal de Arbitraje General de la BCR (TRIAR) y el Centro Internacional de Arbitraje, Resolución de Conflictos & Dispute Boards (CIARD).

En este marco, nuestro Director Ejecutivo – CEO, Fernando J. Luciani, destacó los aspectos principales del Arbitraje en el Mercado de Capitales, en un panel compartido con Lucas Jakimowicz, Gerente General de Rosfid, Andrés Garin, Legal Counsel de A3 Mercados, y Germán Flores, especialista en derecho arbitraje de Colombia. El espacio, además, fue moderado por Jimena Riggio, coordinadora de Compliance y Vínculo legal de Mercado de Capitales de BCR.

Luciani comenzó su exposición diciendo que el Mercado de Capitales y el arbitraje guardan un vínculo genético, y contextualizó los orígenes del comercio. Apuntó a que una de las principales razones de la cercanía entre las partes oferente y demandante es la necesidad de lograr publicidad de los actos de comercio, conocerse y lograr una rápida resolución de los conflictos. Además, destacó que los dos aspectos principales asociados al arbitraje son la especialización y la jurisdicción propia/específica.

Centrándose en el ámbito bursátil, Luciani precisó: “El Mercado de Capitales, desde el punto de vista jurídico, es un microsistema que tiene bastante autonomía dentro del derecho comercial en general. Actualmente, encontramos una Ley Marco que es la Ley 26.831, entre sus normativas incluye el artículo 46, que hace una referencia importante al arbitraje: todos los mercados de valores de Argentina deben tener un tribunal de arbitraje con una sala específica aplicada al Mercado de Capitales como ámbito para la resolución de los conflictos societarios/financieros (con accionistas e inversores) de las empresas que listan sus acciones en los mercados; como por ejemplo el TRIAR vinculado a BCR.

Aunque el Mercado de Capitales siempre ha optado más por la jurisdicción ordinaria, al cierre, Luciani reconoció la importancia de fomentar el arbitraje, por tratarse de un mecanismo ágil y valioso en la resolución de conflictos.

Lucas Jakimowicz, Gerente General de Rosfid, desarrolló el tema de las cláusulas de los fideicomisos financieros.

Últimas Noticias

Foto 1

CAME y el Mercado Argentino de Valores (MAV) firmaron un Convenio de Colaboración para potenciar el financiamiento PyME

523589357_18032088665690709_1508391636631586285_n

MAV presente en el taller de Finanzas Corporativas en Polo Científico Tecnológico Neuquén

GwAbvHPXAAI9N3f (1)

Nuestro presidente, Alberto Curado, en «Pablo y a la Bolsa», el programa radial de Pablo Wende

503455906_18029960138690709_8210706438654802259_n(1)

Charla de financiamiento MAV en el Centro Industrial Las Parejas

De_izquieda_a_derecha_foto_1__Alberto_Curado_en_Agroactiva_2025__foto_2__el_presidente_de_MAV_en_CFI__1_

Nuevo Pagaré a la Vista MAV – Programas de Educación Financiera

campana

Las operaciones publicadas y las registradas en el Mercado Argentino de Valores S.A. (Mercado de Valores y Cámara Compensadora, registrado bajo el N° 15 de la CNV) son NO GARANTIZADAS respecto del crédito y la solvencia de los deudores, libradores o emisores de cheques de pago diferidos, pagarés y facturas de crédito, entre otros productos.

El MERCADO ARGENTINO DE VALORES S.A. no responde frente a los inversores por el no pago de un instrumento a su vencimiento, excepto por aquel negociado en el segmento Directo Garantizado.

Consecuentemente, todo inversor debe analizar adecuadamente el riesgo que asume, debiéndose asesorar profesionalmente antes de realizar una inversión determinada.

Los inversores tienen relación comercial con su Agente registrado ante la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, en tanto que el Mercado Argentino de Valores ejerce funciones de supervisión, inspección y fiscalización de dichos Agentes y de sus operaciones.

El Mercado Argentino de Valores NO responde por las relaciones comerciales existentes entre los Agentes y sus clientes, comitentes o inversores.

Los Agentes quedan sometidos a la competencia disciplinaria exclusiva de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES.